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DICTAN SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO A FAVOR DE EDUARDO ENRIQUE JAEN LIMNIO


       Con este último fallo, el señor Eduardo Jaén Limnio queda libre de todos los cargos y sin ningún caso pendiente con la justicia


El Juzgado Primero Liquidador de Causas Penales del Primer Circuito Judicial de Panamá, a cargo de la Juez Águeda Rentería, mediante resolución Auto N. 1 de 17 de octubre de 2024, dictaminó el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del señor Eduardo Jaén Limnio, dentro del proceso penal que desde hace 9 años, se sigue en su contra por el delito contra la Administración Pública, Diferentes Formas de Peculado, en perjuicio de la Caja de Seguro Social, mejor conocido como “Caso SAP”

Este proceso, cuya investigación se inició en agosto de 2015, estuvo relacionado con supuestas irregularidades en la firma del Contrato entre ADVANCED CONSULTING S.A., empresa de tecnología, y el Estado panameño, a través de la CSS, para la instalación de un software informático.

La Juez de la causa, en Audiencia Preliminar celebrada del 2 al 4 de octubre pasado, motivó su decisión en que “el hecho investigado no constituye delito” y basó la misma en el informe de auditoría interna de la CSS, realizado por peritos idóneos de esa institución de fecha 11 de marzo de 2016 (Bajo la administración de Estivenson Giron), los cuales señalaron, desde ese entonces, que el señor Eduardo Jaén Limnio, “no era parte de esta investigación”.

La Juez también apoyó su decisión, en el informe de auditoría financiera, forense y tecnológica, de la Contraloría General de la Republica de 30 de octubre de 2017 (Bajo la administración de Federico Humbert), en el cual, los peritos idóneos de esa entidad indicaron que el señor Eduardo Jaén Limnio, “no estaba relacionado con este hecho”

Ambos informes de auditoría, establecen que el contrato suscrito entre la empresa ADVANCED CONSULTING, S.A. y el Estado panameño, por medio de la CSS, se realizó sin la participación e injerencia del señor Jaén Limnio, aunado a que, en el proceso de licitación para la contratación del software informático, tampoco tuvo participación alguna. Este software actualmente funciona en la CSS y otras entidades del Estado. No se determinó que hubo influencias, ni sobornos para favorecer a la empresa ADVANCED CONSULTING S.A., empresa contratada para la instalación e implementación del programa ZAFIRO en la CSS.

El señor Jaén Limnio mantuvo siempre su inocencia, sosteniendo que, bajo su rol como Administrador General de la AIG, él no tenía injerencia alguna sobre las compras y contrataciones que realizaba la CSS.

Al final el fallo de la Juez hace reconocimiento a que el señor Eduardo Jaén Limnio, no tenía rol alguno en esta contratación, tal cual se argumentó por su defensa desde el inicio de la investigación en el año 2015 y estaba evidenciado en los Informes antes citados.

“Es una lástima que nuestro sistema de justicia haya demorado 9 largos años para reconocer lo que estaba probado y era claro desde un inicio. El respeto al principio básico de justicia en tiempo razonable y a la presunción de inocencia fue algo que faltó en este caso. No solo se ha obtenido un resultado favorable en un caso, más importante, se ha vencido al sistema”, concluyó el Licenciado Miguel Ángel Delgado Bravo, abogado de la familia Jaén Roy y quien estuvo a cargo de la defensa del señor Jaén Limnio.  

Este fallo, se une al fallo del 19 de junio de 2024, número 35-24, dictado por el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales, que decretó la nulidad de todo lo actuado en el caso de blanqueo de capitales “CRIPTEX”, seguido al señor Eduardo Jaén Limnio.

Al concluir este proceso, el señor Eduardo Jaén Limnio, sale librado en todos los casos y con este último fallo, está libre de todos los cargos y sin ningún caso pendiente con la justicia.  

 


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